En Panamá se aprobó la Ley 134, que establece equiparación económica para personas con discapacidad.
Las alteraciones en la salud pueden ocurrir en cualquier momento de nuestras vidas, ya sea al nacer, por una enfermedad o un accidente. Si por este acontecimiento la persona queda con alguna limitación, se conoce que tiene discapacidad.
Es decir que actividades como caminar, asearse, vestirse, hacer quehaceres domésticos, practicar deportes, trabajar y educarse, pueden verse limitadas.
En Panamá hay 370 mil 53 personas con discapacidad, según la Primera Encuesta Nacional de Discapacidad en 2006 (Pendis). Ninguna estaba certificada por la Secretaría Nacional de Discapacidad (Senadis), que surgió como una secretaría autónoma a través de la Ley 23 de junio de 2007.
Sin embargo, después de la aprobación de la Ley 134, que establece equiparación económica para las personas con discapacidad, ya hay 1,047 que tienen la certificación.
USUARIOS
Miguel Atencio, de 56 años, padece de retinitis pigmentaria, una enfermedad que le hizo perder la visión a los 16 años de edad.
“Cuando se planteó el proceso de certificación, me pareció importante porque muchas veces hay confusión sobre quién tiene una discapacidad y quién no, además, los gastos de la población con discapacidad son mayores”, manifiesta.
En su caso, le demoró el proceso casi un año, pero ahora está satisfecho y goza de los beneficios de los descuentos que otorga la ley en servicios como el uso del Metro.
Hace poco viajó a Nicaragua y le rebajaron el 25% del boleto aéreo. Atencio explica que en la mayoría de los sitios le aceptan la certificación sin problemas, aunque le ha tocado explicar a las personas o al gerente sobre el carné, especialmente en los comercios más pequeños.
“Exhorto a las personas con discapacidad a que se certifiquen, porque es un beneficio que el Estado panameño le equipara a la población, no es nada que tenga que ver con lástima, sino un derecho, así como lo tienen otros grupos sociales, como los jubilados o pensionados”.
Klenya de Bárcenas afirma que desde que conoció d la emisión de la certificación y sus beneficios, aplicó para que su hijo Juan David, de 8 años, lo obtuviera, ya que tiene una discapacidad auditiva.
Le tomó un año y medio obtener la certificación, y lo que más le costó en el proceso fue el monitoreo. La madre de familia reitera la importancia de obtener el documento y no dudar en utilizarlo.
“Me ha tocado ir con el folleto en la mano a explicarles a las personas de los lugares sobre los descuentos, porque muchos desconocen esta ley”, explica.
ANTECEDENTES
El proceso de certificación establece beneficios y exoneraciones para las personas con discapacidad, afirma Iris Medina, directora nacional de Certificaciones de Senadis.
Desde 2007 hasta 2015 comenzó el proceso. “Ese lapso sirvió para capacitar al recurso humano y mirar las experiencia de países que en aquel momento daban las certificaciones de discapacidad”, destaca Medina.
Pero el camino no fue fácil. Para poner en marcha la Ley 134 del 31 de diciembre de 2013, que autoriza al Senadis a certificar la discapacidad en Panamá, se debió crear un decreto que aprobara la reglamentación para la conformación y funcionamiento de las juntas evaluadoras, “que es el procedimiento para todo lo que corresponde a la evaluación y certificación de la discapacidad”, destaca Medina.
Esta junta evaluadora está conformada por médicos, terapeutas ocupacionales, psicólogos, entre otros profesionales de la Caja de Seguro Social, Ministerio de Educación, Ministerio de Salud, Instituto de Salud Mental, Instituto Panameño de Habilitación Especial y el Instituto Nacional de Medicina Física y Rehabilitación, que deben estar capacitados con la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIF).
LA CERTIFICACIÓN
El proceso de certificación de discapacidad es un proceso voluntario, “todo aquel que quiera venir a evaluarse está en su libre derecho”, explica Medina. Los tipos de discapacidad se dividen en: física, auditiva, visual, intelectual, mental y visceral.
Del 7 de mayo de 2015 al 31 de agosto de 2016, se logró citar a mil 595 personas en el país. De esas, mil 293 fueron a la evaluación, lo que quiere decir que 203 personas no acudieron a su cita, el 10%.
De los 1,293 evaluados, 1,047 se han certificado como personas con discapacidad y a 136 les han negado la certificación por no cumplir con los requisitos, y el resto tiene un estatus de pendiente.
“Es decir que la junta requirió a ese usuario alguna documentación o informe adicional de un médico. A esa persona, una vez entrega, se le vuelve a citar y completa el proceso. No todo el que viene es certificado”, afirma la directora de certificaciones.
Al principio, el tiempo de respuesta era hasta de un año y medio debido al proceso de capacitación y emisión de los carnés a las personas que habían cumplido con los requisitos de la certificación.
“Se confeccionó un carné que no fuera clonado fácilmente… todo eso nos llevó tiempo, para hacer un proceso serio”, explica Magali Díaz Aguirre, subdirectora del Senadis. Ahora, el tiempo de evaluación puede tomar hasta menos de tres meses.
SANCIONES
Los establecimientos que se nieguen a prestar los descuentos otorgados por la Ley 134 serán sancionados por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos o la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia, según sus respectivas competencias, con multas de entre 50 dólares hasta 5 mil dólares.
El monto de la multa dependerá de la gravedad de la falta y el tamaño de la empresa.