HISTORIA DE LA ASAMBLEA NACIONAL
Desde los inicios de nuestra República, la Asamblea Nacional ha sido la expresión de todas las corrientes políticas, económicas y sociales que conforman la Nación panameña.
Declarada la Independencia, el 3 de noviembre de 1903, se convocó a una Asamblea Constituyente, que se reunió en 1904. Su presidente fue Don Pablo Arosemena. En esta histórica reunión, se elaboró la primera Constitución Política, la cual se aprobó en febrero de 1904 y que eligió al primer presidente de la República, Dr. Manuel Amador Guerrero.
La primera Asamblea Nacional se reunió oficialmente el 1 de septiembre de 1906 en la ciudad de Panamá, conforme lo establecía la Constitución Política de 1904. La sesión duró aproximadamente dos horas y asistieron 19 diputados principales y 2 diputados suplentes.
El primer presidente de la Asamblea Nacional fue Don Tomás Arias, quien estuvo acompañado en la junta directiva por los diputados Ignacio Quinzada y Manuel González Revilla, como primer y segundo vicepresidente, respectivamente. Los diputados que conformaron la primera Asamblea Nacional representaban a los partidos Liberal y Conservador.
A lo largo de su historia como el Órgano del Estado popular por excelencia, la Asamblea Nacional ha sufrido cambios en su estructura y funcionamiento, que han sido determinados por las Constituciones de 1904, 1941, 1946 y 1972, con sus respectivas reformas. En 1941, la nueva Constitución se dio bajo el mandato del Dr. Arnulfo Arias Madrid, la de 1946 fue el resultado de una Asamblea Nacional Constituyente de la cual salieron las dos primeras mujeres diputadas electas del país, Esther Neira de Calvo y Gumercinda Páez. La Constitución de 1972 tuvo como precedente político el golpe de Estado de 1968. En esta se crea la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos, integrada por 505 miembros elegidos en votación popular directa por un periodo de seis años. Igualmente, se crea un Consejo Nacional de Legislación integrado entre otros por el Presidente de la República, su Vicepresidente, el Presidente de la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos, Ministros de Estado y Comisionados
En esencia, el Órgano Legislativo, durante el Periodo Republicano, ha estado constituido por una corporación denominada Asamblea Nacional y Asamblea Legislativa, cuyos miembros han sido elegidos mediante postulación partidista o por libre postulación, mediante votación popular directa y es el Órgano a través del cual los representantes del pueblo panameño ejercen el poder legislativo.
La última reforma a la Constitución de 1972, ratificada por la Asamblea Nacional en septiembre de 2004, estableció que, a partir del 1 de julio de 2009, de acuerdo con las disposiciones vigentes, esta institución la conforman 71 diputados con un suplente para un periodo legislativo de cinco años.
Según el artículo 149 de la Constitución Política, la Asamblea Nacional se reúne por derecho propio, sin previa convocatoria, en la Capital de la República, en sesiones ordinarias que duran ocho meses en el lapso de un año, dividido en dos legislaturas ordinarias de cuatro meses cada una y dos meses de receso plenario.
Asimismo, la Asamblea Nacional puede reunirse en sesiones extraordinarias, cuando así lo convoque el Órgano Ejecutivo por un tiempo y para temas específicos, dentro del periodo de receso.
El carácter colegiado diverso, deliberante y representativo del Órgano Legislativo le confiere la misión primordial de reflejar las aspiraciones de las mayorías y minorías.